Tribunal argentino absuelve a perodista acusada por calumnias e injurias
La Cámara del Crimen de la Ciudad de Buenos Aires sobreseyó a una periodista a raíz de un artículo publicado en una revista, al aplicar, por primera vez, la nueva legislación que derogó las figuras de calumnias e injurias, cuando se trate de asuntos de interés público, informa el lunes el diario Ambito Financiero, de la capital argentina.La resolución fue a favor de la periodista Guillermina Fossati, editora de la revista Edición I, quien había sido intimada tras un artículo sobre el empresario Alejandro Bulgheroni publicado en marzode 2006.Para los magistrados, la conducta de la periodista no configura una acción típica, a la luz de la nueva legislación que rige en la materia .En su resolución, los camaristas Marcelo Lucini y Mario Filozof, recordaron que la nueva Ley excluye del delito las expresiones referidas a asuntos de interés público y a los calificativos lesivosdel honor cuando guardasen relación con un asunto de interés público .La denuncia había sido presentada por Bulgheroni contra la periodista Fosatti a raíz de un artículo periodístico en que se lo acusó de iniciar millonarias e inverosímiles demandas contra el Estado Nacional para apalancar geométricamente, sus resultados en beneficio propio .En ese artículo, se lo vinculó con la logia Propaganda Due (P-2), con la dictadura militar y se lo culpó de diversos casos por contaminación del medio ambiente, envenenamiento y muerte de habitantes de las provincias de Chubut y Santa Cruz a raíz de diversos yacimientos petrolíferos, según explica el fallo.Pese a que Bulgheroni no era para la época de la publicación del artículo, ni actualmente ejerce cargo público, los jueces sostuvieron que en lo tocante a las demandas contra la administración estatal, las denuncias por contaminación y su presunta relación con la dictadura militar resultan actividades que constituyen en sí mismas asuntos de interés público . Cabe equiparar a la figura pública con la de funcionario estatal , entendieron los camaristas.En ese sentido, invocaron jurisprudencia de la Corte en cuanto a que la investigación periodística sobre los asuntos públicos desempeñan un rol importante en la transparencia que exige un sistema republicano . El excesivo rigor y la intolerancia del error llevarían a la autocensura, lo que privaría a la ciudadanía de información imprescindible para tomar decisiones sobre sus representantes ,añadieron los magistrados de la Sala VI.Con lo cual, sobreseyeron a la periodista y aclararon que la formación de la presente causa no afecta el buen nombre y honor de que gozara con anterioridad .
